Según Arag, se sigue utilizando un fallo judicial de los tiempos del Walkman, pero que sigue siendo válido.
Sentencia del OLG
En 1987, el Tribunal Superior Regional de Colonia decidió (Az.: Ss 12/87) que los auriculares no están permitidos al andar en bicicleta si el volumen establecido es demasiado alto. Lo mismo se aplica al volante de un vehículo: también durante la conducción de un automóvil, la música
alta está prohibida.
Los expertos legales se refieren al reglamento de tráfico: "Quien conduzca un vehículo debe asegurarse de que su vista y oído no resulten afectados." (23 párrafo 1).
Ajustar el volumen
En principio, escuchar música está permitido al andar en bicicleta, automóvil o camión. Sin embargo, el volumen debe ajustarse de manera que los sonidos del entorno, como timbres, bocinas o sirenas, puedan seguir percibiéndose.
Posible
multa
Si la música se pone demasiado alta, esto puede, según los expertos de Arag, resultar en una multa de diez euros. Los juristas también señalan que en caso de accidentes, el uso de auriculares incluso puede llevar a una co-responsabilidad y dar lugar a reclamaciones por daños y perjuicios o compensación por dolor y sufrimiento.
También está prohibido buscar la canción favorita en el móvil durante la
conducción; dependiendo de la situación de peligro, puede imponerse una multa de entre 55 y 100 euros, según Arag.
Por lo tanto, se recomienda el uso de auriculares que permitan el paso de los sonidos del entorno y que hagan posible escuchar música y al mismo tiempo captar los ruidos del tráfico. Y también para corredores y peatones que se mueven en el tráfico, aplica: reducir el volumen